REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO
CENTROS MEDICOS INTEGRAMÉDICA
En conformidad a lo previsto en el artículo 33° de la Ley 20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud y dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 5° del Reglamento sobre requisitos básicos que deberán contener los reglamentos internos de los prestadores institucionales públicas y privados para la atención en salud de las personas de la Ley 20.584, contenido en el Decreto N° 40 del año 2012 del Ministerio de Salud, Centros Médicos Integramédica viene en dictar el siguiente reglamento interno que regulará las atenciones de salud de sus usuarios.
Queremos agradecerle por elegir a Integramédica para el cuidado de su salud. Nuestro compromiso es entregarle una solución integral, cercana y accesible, utilizando las mejores prácticas disponibles y la más moderna tecnología que nos permitan brindarle una atención segura y eficaz.
I.- DISPOSICIONES GENERALES.
El presente instrumento tiene por objeto regular el funcionamiento de los Centros Médicos Integramédica, en su calidad de prestador de salud institucional, en relación con las acciones vinculadas a la atención en salud y establecer los derechos y deberes de los usuarios de los Centros Médicos Integramédica, en su vinculación con las unidades y personas que la conforman.
En lo no dispuesto en este Reglamento, regirán las disposiciones de la Ley 20.584 y sus disposiciones complementarias.
El presente reglamento se aplicará a todas las prestaciones que realice Centros Médicos Integramédica.
Asimismo, el presente reglamento se entenderá conocido y aceptado por el personal de los Centros Médicos Integramédica y por todos los usuarios, representantes, familiares y acompañantes que accedan a las prestaciones o ingresen a sus instalaciones.
II.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS.
Los colaboradores de Integramédica observarán en su gestión el cumplimiento de los derechos de las personas en su atención de salud, previstos en el Título II de la Ley 20.584, el que incluye su forma de identificación y función, ya sea asistencial y/o docente.
Asimismo, los pacientes del Centro Médico, sus familiares y acompañantes, deberán observar durante todo el proceso de la atención de salud y en toda circunstancia, un trato respetuoso y digno hacia todos los integrantes del equipo de salud, técnicos y administrativos que conforman el Centro Médico, y a los demás usuarios de ésta. También deberán cuidar de las instalaciones, mobiliario, equipamiento e insumos, debiendo conservar la higiene y aseo del lugar.
Integramédica respeta y protege la vida privada, honra y confidencialidad de las personas durante su atención de salud. No obstante lo anterior, durante la atención de salud, podrían obtenerse imágenes para difusión médica, científica o docente, así como para fines periodísticos o publicitarios, en cuyo caso se informará al paciente y/o representante legal y se le requerirá su autorización previa por escrito.
Con el objeto de resguardar la confidencialidad, privacidad y pudor de los usuarios del Centro Médico, y del personal de salud y administrativo, queda estrictamente prohibido a los usuarios, sus representantes, familiares y acompañantes, grabar, fotografiar y registrar por cualquier medio las instalaciones, a las personas que se encuentren desempeñando sus funciones, a otros usuarios, a sus acompañantes, así como tampoco registrar conversaciones e interacciones con el personal del centro.
En el Centro Médico existirán instancias de información al usuario sobre las atenciones de salud, la forma de acceder y su valor, las condiciones previsionales requeridas, antecedentes que debe acompañar y los trámites que debe efectuar para obtener dicha atención.
El Centro Médico tiene a disposición de los usuarios la información actualizada sobre el arancel de sus prestaciones. Por su parte, el usuario tiene el deber de informarse respecto de él, así como de los convenios contratados y de su cobertura previsional.
Los usuarios declaran estar en conocimiento que dentro de sus deberes se encuentra el pago de las prestaciones pecuniarias, mediante bono y/o pago directo en efectivo, ocasionadas con motivo de la atención en salud que reciba por parte del Centro Médico.
El Centro Médico velará en la medida de lo posible por la privacidad de los usuarios en sus atenciones de salud. No obstante, en las áreas comunes tales como recepción, puestos de atención al público, salas de espera, y otros, y atendido el servicio que en ellos se presten, no constituirá vulneración a su privacidad el agendamiento, la confirmación y/o cancelación de horas, y el llamado al usuario para recibir la atención de salud por cualquier medio.
Las acciones de los menores de edad, en el lugar de atención y áreas comunes son de responsabilidad de sus padres o representantes legales, debiendo velar para que mantengan en todo momento un comportamiento acorde con una institución de salud.
III.- DERECHOS DE LOS PACIENTES CON ENFERMEDAD TERMINAL O GRAVE.
Además de los derechos contemplados en la Ley 20.584, toda persona con enfermedad terminal o grave tendrá derecho a:
a) Cuidados paliativos.
b) Información oportuna y comprensible sobre su situación de salud y evaluación.
c) Ser acompañado por su familia.
d) El respeto a su autonomía.
e) Los demás derechos reconocidos por la Ley en su atención de salud.
IV.- PRESTACIONES QUE OFRECE INTEGRAMÉDICA.
Integramédica ofrece a sus pacientes diversas prestaciones de salud en el área ambulatoria:
· Consultas médicas en una amplia gama de especialidades. Ponemos especial énfasis en los procesos de acreditación y selección de nuestros profesionales, con el objeto de asegurarle la mejor calidad de atención.
Algunos de nuestros centros médicos no cuentan con la disponibilidad permanente de todas las especialidades, circunstancia que le será oportunamente informada al usuario, quien deberá comprender y aceptar estas exclusiones.
· Exámenes de Laboratorio Clínico en todos los Centros Médicos. El Laboratorio Clínico Integramédica es el más grande y moderno del país, único acreditado por la Superintendencia de Salud.
· Todos los exámenes de imagenología y radiografías con modernos equipos para resonancias, scanner, ecografías, mamografías, etc.
· En el área de apoyo diagnóstico cuenta con laboratorios y procedimientos de especialidad en cardiología, otorrinolaringología, respiratorio, neurología, oftalmología, dermatología, urología, además de video endoscopía digestiva.
· Atención dental integral garantizando todos los tratamientos terminados. Asegurando así, una atención segura y de calidad.
V.- DOCENCIA.
La docencia es una actividad de vital importancia en el área de la salud.
Es posible que en uno o más servicios de apoyo de nuestros centros médicos contemos con alumnos en práctica. Si este fuera el caso, se encontrarán debidamente identificados. Usted será informado a su ingreso de esta práctica, ocasión en la que podrá expresar libremente si accede a colaborar en esta actividad.
VI.- UTILIZACION DE NUESTROS SERVICIOS Y AGENDAMIENTO DE HORAS.
A través de nuestro Contact Center (600 636 6666) o nuestra página web (www.integramedica.cl), usted podrá informarse de todos nuestros servicios, ubicación de nuestros Centros Médicos y solicitar el servicio que requiera de ellos. Le recordamos que usted puede reservar hora para su atención y retirar sus resultados de exámenes de laboratorio e imágenes a través de nuestro sitio web
Además, podrá revisar los horarios de funcionamiento de cada uno de nuestros centros médicos, visitando en nuestro sitio web la página del Centro Médico en que se quiera atender.
La solicitud de horas para consultas o procedimientos ambulatorios deberá efectuarse por los medios de contacto que dispone Integramédica, sean telefónicos, electrónicos o presenciales, según corresponda.
Es responsabilidad del usuario dar datos veraces y un medio de contacto que permita al Centro Médico confirmar la hora solicitada.
Es responsabilidad exclusiva del usuario o su representante dar aviso oportuno de la imposibilidad de asistir a la hora agendada previamente, debiendo realizar anulación de la misma.
El usuario deberá llegar con la anticipación previamente indicada al momento de solicitar su hora. Por respeto al resto de los usuarios y no afectar su atención oportuna, el Centro Médico podrá decidir no atender a quienes lleguen con retraso y no cumplan con las reglas de puntualidad requeridas. En este caso, el Centro podrá ofrecer alternativas de atención.
En consecuencia, si usted está atrasado o cree que se atrasará respecto de la hora de su reserva, le agradeceremos llamar a nuestro Contact Center para reservar una nueva atención, cuya factibilidad dependerá de la disponibilidad de agenda en el horario requerido.
Si por motivo de caso fortuito o fuerza mayor, no se pudiera llevar a cabo las consultas o procedimientos agendados, el Centro Médico coordinará con el usuario una nueva hora.
Es responsabilidad del usuario revisar previamente y tener a mano toda información médica personal que sea atingente a los servicios que desea solicitar, así como también su situación previsional, de seguros o similar.
Integramédica acepta bonos de atención de Fonasa y de todas las Isapres. No olvide consultar por convenios especiales, tales como exámenes a costo cero, pago con tarjetas de crédito en cuotas sin intereses, convenios con tarjetas comerciales.
Asimismo, usted puede acceder a los costos arancelados de las prestaciones que se otorgan y las modalidades de pago, así como las tarifas de insumos a través de la "Carpeta de aranceles" ubicada en todas las recepciones de cada uno de nuestros centros médicos y en nuestra página web.
VII.- IDENTIFICACIÓN DE PACIENTES.
INTEGRAMÉDICA es una red de Centros Médicos de atención abierta en la cual se realizan prestaciones del área ambulatoria, y por ende, no se realizan hospitalizaciones. En virtud de lo anterior, la forma de identificación de los pacientes que concurren a nuestros Centros Médicos es la siguiente:
Todo paciente, antes de ingresar a realizarse la prestación para la cual solicitó hora, deberá acreditar su identidad en la recepción correspondiente utilizando para esto el sistema biométrico (Huella Electrónica). La recepcionista, además, podrá solicitarle que acredite su identidad mediante la exhibición de la respectiva cédula de identidad o pasaporte, incluyendo los menores de edad.
En el caso de los menores de edad, se solicitará la presentación de la cédula de identidad o pasaporte de los padres o del adulto responsable que lo acompañan en su atención.
VIII.- REALIZACIÓN DE EXÁMENES Y/O PROCEDIMIENTOS.
No se practicarán exámenes, u otros procedimientos, sin la presentación de la orden médica en original.
Asimismo, el usuario deberá dar cumplimiento a la preparación previa exigida para la realización de exámenes y/o procedimientos específicos, lo que será sometido a comprobación como requisito para ser atendido.
IX.- PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON CERTIFICACIONES E INFORMES.
Los certificados, informes médicos o informes para compañías de seguros, deberán ser solicitados al momento de la consulta. Si el paciente olvidó el formulario podrá solicitar un informe posterior, para el que deberá seguir el procedimiento indicado en el Centro Médico. El profesional respectivo tendrá un plazo de 10 días hábiles para completar el informe solicitado fuera del horario de consulta. Para una entrega en menor plazo, deberá solicitar una nueva consulta.
En caso de solicitud de repetición de recetas oftalmológicas y medicamentos para pacientes en control por patologías crónicas, que no se traten de psicotrópicos, se podrán repetir dentro de un plazo de 6 meses desde la última consulta. Toda otra receta debe ser otorgada bajo una nueva evaluación clínica.
X.- DE LA ENTREGA DE LA FICHA CLÍNICA.
Conforme a la normativa vigente, sólo es procedente la entrega de copia de Registros Clínicos, cuando ésta es solicitada por:
a) El paciente directa y personalmente.
b) Terceros debidamente autorizados por el titular, mediante poder notarial otorgado para tales efectos.
c) Los padres o tutores del paciente menor de edad.
d) A los tribunales de justicia cuando la información de la ficha se relacione con las causas que estén conociendo.
e) A los fiscales del Ministerio Público y a los abogados defensores, previa autorización del juez competente, cuando la información en ellas contenida se relacione directamente con las investigaciones y defensas de que se trate.
En el caso, que la petición sea cursada por el tutor o curador deberá acompañar a la petición el documento que así lo certifique y compruebe.
La solicitud deberá cursarse mediante el Formulario diseñado para este efecto, bastando la firma simple del solicitante cuando éste sea uno de los mencionados en los puntos a), b) y c), siempre y cuando comparezca personalmente el peticionario y el funcionario que recibe la petición confirme su identidad con la cédula nacional.
Para el caso que el peticionario autorizado no concurra personalmente al establecimiento, deberá la solicitud venir firmada "Ante Notario Público".
El centro médico tiene un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar la entrega de la copia de la ficha clínica.
XI.- CONSENTIMIENTO INFORMADO (C.I.).
Si usted debe someterse a cualquier procedimiento o tratamiento vinculado a su atención de salud, se le explicará verbalmente en qué consiste el procedimiento y sus riesgos.
En caso de caso de intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos y, en general, para la aplicación de procedimientos que conlleven un riesgo relevante y conocido para la salud del afectado, antes de la realización de este, debe firmar el documento C.I. que constata que el profesional tratante le informó los alcances del examen o procedimiento, sus riesgos, beneficios y todo aquello que permita una adecuada decisión por parte del paciente.
XII.- CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CALIDAD Y SEGURIDAD DE LA ATENCIÓN.
Integramédica cuenta con un equipo de Calidad conformado por profesionales del área de la salud, que supervisa sistemáticamente en sus Centros Médicos el cumplimiento de las normativas de Calidad y Seguridad dictadas por el Ministerio de Salud. Para esta supervisión, se controlan todos los indicadores solicitados por la autoridad y se realizan visitas en terreno para su certificación.
XIII.- IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL.
Nuestros profesionales de la salud se encuentran debidamente identificados con su nombre y profesión.
En el caso de los demás funcionarios, sus tarjetas de identificación, fácilmente visibles, incluyen la función que desempeñan en el Centro Médico.
En el caso de contar con alumnos en práctica en alguno de nuestros servicios de apoyo, ellos contarán con identificación que indica esta calidad.
XIV.- PRIVACIDAD DEL PACIENTE.
Integramédica cuenta con boxes para atenciones individuales y salas de procedimientos que cumplen con todas las condiciones físicas que permiten resguardar la vida privada y la honra de la persona durante su atención de salud.
Está particularmente prohibida la toma de fotografías, grabaciones o filmaciones, cualquiera que sea su fin o uso.
En todo caso, para la toma de fotografías, grabaciones o filmaciones para usos o fines periodísticos, científicos o publicitarios se requerirá autorización escrita del paciente o de su representante legal.
XV.- INFORMACIÓN CLÍNICA
1.- La información clínica es reservada y propiedad de los pacientes, por lo que la misma sólo será entregada al paciente o su representante legal.
No podrá entregarse información a otras personas, aunque sean familiares directos, sin consentimiento expreso del paciente o su representante legal.
2.- La Ficha Clínica Electrónica es el instrumento de registro médico legal único institucional, que es utilizado por todos los profesionales médicos.
Los profesionales acceden a ella por medio de clave y contraseña específico.
En ella se registra toda la información clínica relativa al caso incluyendo diagnósticos, órdenes clínicas, prescripción y licencia.
Las fotografías tomadas como parte del seguimiento de una condición clínica serán parte de su ficha clínica y también requieren autorización escrita del paciente.
3.- Los informes de exámenes y procedimientos solamente se entregarán a quien porte los documentos establecidos para ello en cada área.
XVI.- ACOMPAÑAMIENTO.
Los usuarios de los Centros Médicos Integramédica tendrán derecho a ser acompañados por sus familiares y/o personas significativas de su entorno vital, a menos que su comparecencia signifique un riesgo para su tratamiento, obstaculice el normal desarrollo de las acciones de salud y/o administrativas o el resguardo de los bienes institucionales del Centro Médico.
Se recomienda evitar, en la medida de lo posible, la concurrencia en calidad de familiar y/o acompañante, de niños menores de siete años y de menores de edad convalecientes de una enfermedad.
Se recomienda que los menores de siete años estén acompañados por dos adultos aptos para su supervisión permanente. El Centro Médico no se hace responsable del cuidado ni entretención de los menores que permanezcan en la sala de espera.
Los menores de dieciocho años deben concurrir a la consulta y/o procedimiento acompañados por un adulto responsable, salvo las excepciones calificadas que se le indicarán cuando corresponda en cada servicio.
XVII.- COMITÉ DE ÉTICA.
El Comité de Ética Asistencial es un órgano colegiado de carácter consultivo e interdisciplinario, cuya labor es asesorar sobre los problemas ético-clínicos que se suscitan en relación a las prestaciones de salud otorgadas por los Centros Médicos Integramédica.
Integramédica dispone de un Comité de Ética Asistencial acorde a la normativa vigente. Tanto los profesionales salud, como los pacientes y sus familiares, podrán solicitar pronunciamiento ético-clínico del Comité de Ética Asistencial respecto de algún caso particular. Las opiniones del Comité tendrán siempre el carácter de sugerencia o recomendación y no son vinculantes.
La solicitud dirigida al Comité deberá efectuarse a través del siguiente correo electrónico: [email protected], habilitado para dichos efectos.
Se hace presente que este Comité no tiene dentro de sus funciones el conocimiento ni la resolución de reclamos, quejas o insatisfacciones de los usuarios, así como tampoco la realización de auditorías, ni imposición de sanciones.
XVIII.- FELICITACIONES, SUGERENCIAS Y RECLAMOS.
La institución cuenta con un procedimiento estandarizado para la gestión de reclamos, felicitaciones y sugerencias ingresados a la red Integramédica.
Vías o canales de Ingreso: Para la recepción de felicitaciones, sugerencias y/o reclamos se han dispuesto los siguientes canales: Libro de Reclamos, los que se encuentran disponibles en Servicio al Cliente de todos los centros médicos, página Web Integramédica, Contact Center 6006366666, Cartas a la Dirección del Centro Médico o de la Compañía.
Podrán presentar reclamos el paciente por sí mismo, su representante legal cuando el paciente estuviere imposibilitado, o la persona que tiene al paciente bajo su cuidado, situaciones todas que deberán acreditarse.
Será requisito esencial que el usuario indique claramente su dirección de correo electrónico, teléfono y dirección, con el objeto hacerle llegar la constancia de recepción del reclamo.
No se admitirán los reclamos que contengan amenazas, lenguaje soez, ofensivo, insultos o expresiones constitutivas de injurias y/o calumnias.
Una vez generado el reclamo, este se ingresará al Sistema de Gestión de Reclamos de la Plataforma donde sigue el procedimiento de respuesta establecido según la clasificación, derivación y modalidad de respuesta al usuario, en todos los casos. Semestralmente se realiza un análisis de los reportes de reclamos para la generación de planes de mejora.
Para conocer los nombres del representante legal y del director técnico para centro médico, por favor consulte el listado adjunto al final del reglamento.
XIX.- COMPORTAMIENTO DE LAS PERSONAS DURANTE LA ATENCIÓN.
Durante su permanencia en el Centro Médico, todos los pacientes y/o acompañantes deberán mantener una conducta acorde a un recinto de salud y deberán abstenerse de acciones que pueden generar molestia en otros pacientes (música o conversación en alto volumen, obstaculización de lugares de acceso, etc.). Se recomienda poner en silencio celulares antes del ingreso a las salas de atención.
La institución se reserva el derecho a restringir el acceso a sus dependencias a personas que hayan incurrido en actos violentos, en alguno de los centros de atención de la Red Integramédica.
XX.-PROCEDIMIENTO DE ALTA FORZOSA Y VOLUNTARIA.
Por tratarse de un centro ambulatorio que no tiene a su cargo un ciclo completo de atención, a diferencia de lo que ocurre en un paciente hospitalizado, los procedimientos de alta voluntaria y alta forzosa se aplicarán solamente en aquellos casos que por la gravedad y complejidad de la patología se requiera dejar esta constancia.
Alta Voluntaria
El Alta Voluntaria se produce a solicitud del paciente –o de su representante legal- quien, en pleno uso de sus facultades, expresa su voluntad de no ser tratado, desea interrumpir el tratamiento o se niegue a cumplir las prescripciones médicas.
En estos casos, el médico tratante, le informará al paciente –o a su representante legal- sobre su condición de salud actual y pronóstico, dando énfasis a las atenciones de salud pendientes que el paciente deberá considerar.
El paciente –o su representante legal- debe formalizar de su "alta voluntaria" registrando su decisión con su firma o a través del registro de su huella digital cuando se trate de formato electrónico. El médico tratante registrará también esta decisión en la ficha clínica.
Alta Forzosa
El Alta Forzosa se produce cuando el paciente expresa su voluntad de no ser tratado, desea interrumpir o se niega cumplir las prescripciones médicas, pero no solicita formalmente el alta voluntaria.
En estos casos, el Director Técnico del establecimiento de salud, a propuesta del profesional tratante y previa consulta al comité de ética, podrá decretar el alta forzosa, de lo que se dejará constancia en la Ficha Clínica.
XXI. SANCIONES.
En casos de trato irrespetuoso y de conductas de violencia verbal o física en contra del personal del establecimiento o de cualquiera persona que allí se encuentre, o en caso de ingresar a los establecimientos de Integramédica portando armas blancas o de fuego, artefactos explosivos o cualquier otro elemento que se encuentre regulado por la Ley N°17.798 sobre Control de Armas, o portando drogas y/o bebidas alcohólicas, o consumiéndolas en su interior, Integramédica podrá solicitar, de ser necesario, el apoyo de la fuerza pública para enfrentar estas conductas y para restringir el acceso al establecimiento de quienes participen en ello y de quienes afecten su normal funcionamiento, sin perjuicio de su derecho a interponer las acciones civiles o penales que correspondan.
Carta de advertencia
Cuando el paciente o acompañante incurra en conductas impropias, maltrato o actos de violencia, sea en contra de quienes trabajen en el centro de salud, de otros pacientes y, en general, de cualquier persona que se encuentre en el establecimiento, así como de los bienes que allí se encuentren; o haya ingresado y/o permanecido durante su estadía en el establecimiento portando armas blancas o de fuego, artefactos explosivos o cualquier otro elemento que se encuentre regulado por la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas, o portando o consumiendo drogas y/o bebidas alcohólicas, se enviará una carta al paciente desde Servicio al Cliente del Centro Médico respectivo, donde se le amonestará por su actuar y se le advertirá que en caso de incurrir nuevamente en determinadas conductas se procederá al Alta Disciplinaria.
Alta Disciplinaria
El Alta Disciplinaria se producirá en las siguientes circunstancias:
i) Cuando el paciente o acompañante reitere las acciones calificables como conductas impropias, maltrato o actos de violencia, sea en contra de quienes trabajen en el centro de salud, de otros pacientes y, en general, de cualquier persona que se encuentre en el establecimiento, así como de los bienes que allí se encuentren; o haya ingresado y/o permanecido durante su estadía en el establecimiento portando armas blancas o de fuego, artefactos explosivos o cualquier otro elemento que se encuentre regulado por la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas, o portando o consumiendo drogas y/o bebidas alcohólicas, o bien, si dichas acciones son calificadas como “gravísimas”, se aplicará alta disciplinaria sin necesidad de reincidencia.
ii) Cuando las acciones previamente señaladas sean calificadas como “gravísimas”, donde sin necesidad de reincidencia, se aplicará igualmente el alta disciplinaria.
Por tratarse de un centro ambulatorio, el Alta Disciplinaria se refiere a la prohibición de continuar sus atenciones ambulatorias, y podrá establecerse en dos niveles:
1- Cese de la atención con el profesional tratante actual
2- Cese de la atención en el centro médico
El envío de Carta de Advertencia o de Alta Disciplinaria será decidida por el Director Técnico del establecimiento y se dejará constancia en la Ficha Clínica. Estas serán enviadas al paciente desde el Centro Médico por medio de correo electrónico o carta certificada, a la casilla de correo electrónico o domicilio entregados por el paciente.
XXII.- SITUACIONES DE EMERGENCIA.
Por su seguridad le informamos que:
En caso de emergencia, las vías de evacuación se encuentran señalizadas en los boxes de atención, pasillos y áreas comunes de cada uno de nuestros Centros Médicos. Las zonas de seguridad se encuentran debidamente demarcadas y señaladas.
En caso de emergencia u otra contingencia, los funcionarios del Centro Médico encargados de dirigir la evacuación tomarán el control de la situación, aplicarán el plan de emergencia e impartirán órdenes e instrucciones para la correcta evacuación del recinto. Los usuarios deberán acatar en todo momento dichas instrucciones.
Los mapas que establecen las vías de acceso, evacuación y zonas de seguridad se encuentran disponibles en cada uno de nuestros Centros Médicos.
XXIII.- SUGERENCIAS DE SEGURIDAD INTERNA.
Nuestros centros son lugares de acceso abierto y libre circulación de público, con el fin de permitir la prestación de los servicios de salud que ofrecemos.
Por tanto, le solicitamos cuidar sus pertenencias personales y, -en caso de que la atención requiera, dejar sus pertenencias en custodia-, hacerlo en el lugar y la forma indicada por el Centro Médico y asegurarse de llevar todas sus pertenencias al retirarse.
Por favor no acepte instrucciones ni entregue objetos en custodia a personal que no porte su identificación.
Recomendamos abstenerse de ingresar a los boxes de atención o procedimientos, portando joyas u objetos de valor, en especial si se efectuará algún procedimiento que requiera dejar sus pertenencias en custodia; no nos hacemos responsables por perdida en estos casos.
Le informamos que como medida de protección y seguridad para Ud. contamos con cámaras de monitoreo general en los accesos principales.
No se permite el ingreso al recinto de animales de compañía, exceptuando aquellos animales de asistencia.
XIV.- INGRESO A ÁREAS CLÍNICAS
Agradeceremos cumplir con las indicaciones que se otorguen dentro de los boxes de atención y salas de examen y procedimientos, mantener apagados los celulares del paciente y acompañante, y facilitar la atención.
Le informamos que el profesional y personal que lo atiende también se abstendrá de hablar por teléfono durante su atención, salvo emergencias, las cuales le serán informadas en ese momento.
XV.- ASPECTOS GENERALES.
Como Centros Médicos de atención ambulatoria, no se efectuarán prestaciones de salud a pacientes que se encuentren hospitalizados en un establecimiento asistencial público o privado (llámese hospital o clínica).
Por disposición del Ministerio de Salud, y para su propio bienestar y el del resto de los pacientes, acompañantes y funcionarios, se encuentra prohibido fumar en las dependencias de nuestros Centros Médicos.
Por la seguridad de nuestros pacientes, en Integramédica no se atienden pacientes con alergia al látex.
El uso de celular se encuentra restringido en las áreas de atención clínica.
En caso de que se requiera modificación de la prestación inicialmente agendada, usted será informado oportunamente y si consiente, debe proceder a los trámites administrativos y de pago que correspondan.
XVI.- DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO INTERNO.
El presente Reglamento Interno comenzará a regir desde la aprobación de su Director Médico y tendrá duración indefinida mientras no sea sustituido o complementado por una nueva versión.